El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se decide la aplicación de las medidas contempladas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones para determinadas necesidades de situaciones de emergencia de naturaleza catastrófica, a los damnificados por los episodios meteorológicos de carácter extraordinario que han afectado a diversas Comunidades Autónomas durante los primeros días de noviembre de 2010.
La Cornisa Cantábrica sufrió entre los días 8 y 10 de noviembre un fuerte temporal que tuvo como consecuencia desbordamientos de ríos, cortes de carreteras, amarre de flotas pesqueras, alteraciones de vuelos, considerables daños materiales en vías públicas, paseos marítimos, puertos, establecimientos mercantiles y viviendas costeras y, lo más lamentable, pérdida de vidas humanas.
Con el fin de paliar estos daños, el Consejo de Ministros ha aprobado, al igual que en sucesos anteriores de similar naturaleza, un Acuerdo que tiene por objeto que el Ministerio del Interior, en colaboración con los representantes de la Administración Periférica del Estado, las Administraciones Territoriales competentes y el Consorcio de Compensación de Seguros, proceda a efectuar las valoraciones y a tramitar los procedimientos administrativos de pago de los daños susceptibles de ser resarcidos conforme a las ayudas previstas en el Real Decreto de 18 de marzo de 2005, con la máxima urgencia posible.
Este Real Decreto prevé la concesión de las siguientes ayudas:
- por destrucción total de vivienda: 15.120 euros
- por daños en la estructura de la vivienda: 10.320 euros
- por daños no estructurales en vivienda: 5.160 euros
- por daños en enseres: 2.580 euros
- por muerte o incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros
- por daños en elementos de comunidades de propietarios: 8.000 euros
- por daños en establecimientos mercantiles: 8.000 euros
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