Aumento del tiempo de reacción, problemas de visión, incremento de la somnolencia, pérdida de control, excitabilidad o problemas de coordinación son sólo algunos de los efectos que provoca la ingesta de alcohol en la conducción, llegando a multiplicar por nueve el riesgo de accidente.
Por este motivo y teniendo en cuenta que el alcohol está presente como factor concurrente o desencadenante en un tercio de los accidentes mortales, Tráfico inicia desde hoy, lunes 13 de diciembre, y hasta el domingo 19 una nueva campaña de concienciación y vigilancia de alcohol en la conducción, en una época del año en el que el consumo de alcohol aumenta debido a las comidas y cenas navideñas. Los controles no solo se realizarán por la noche, sino también en horarios más cercanos a la finalización de las comidas.
Durante una semana, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil intensificarán los controles sobre este factor de riesgo de accidente, estableciendo más de 1.000 puntos de control con el objetivo de realizar 20.000 controles diarios de alcoholemia a conductores que circulen por carreteras de ámbito DGT.
Como en campañas anteriores se ha cursado invitación a los Ayuntamientos de más de 25.000 habitantes, para que se sumen a la campaña, con el establecimiento de controles en sus respectivos cascos urbanos, así como a la Comunidad Autónoma de Cataluña y País Vasco que tienen las competencias de tráfico transferidas.
A los controles que llevarán a cabo los agentes de la Guardia Civil de Tráfico en carretera se suma la divulgación de una cuña radiofónica que se podrá escuchar en las principales emisoras de radio del 13 al 19 de mayo en la que se recuerda a los conductores que el alcohol es una de las mayores causas de accidente de tráfico.
El anuncio hace mención expresa a las numerosas celebraciones que se esperan estos días de Navidad (comidas de empresa, cenas familiares, comidas con amigos…) y hace un llamamiento expreso a los conductores y a la ciudadanía en general para que no cojan el coche después de haber bebido ni dejen que nadie lo haga. Se trata de dar un paso más en la lucha contra el consumo de alcohol al volante intentando que los pasajeros de un vehículo no permitan conducir al conductor, si ha bebido. La cuña recuerda que lo más importante de las celebraciones son las personas con las que se celebra. “No hagas que te esperen toda la vida” es el mensaje.
ASPAYM COLABORA CON TRÁFICO
Por su parte, la Federación Nacional de Asociaciones de Lesionados Medulares y grandes discapacitados físicos (ASPAYM) colabora con la DGT, por cuarto año consecutivo, en la concienciación de los conductores sobre el grave riesgo que supone para la conducción el consumo de alcohol.
ASPAYM desarrolla desde hace años su propia campaña de sensibilización. “No corras, no bebas… no cambies de ruedas” es el lema de su acción que acompañan con un folleto de consejos destinado a convencer a los conductores de que beber y conducir son incompatibles.
Bajo el titulo “Conduce como si te fuera la vida en ello” se recuerdan consejos a seguir para realizar con seguridad los viajes en coche en una época del año, como esta, en que se realiza un gran número de desplazamientos en automóvil por carretera.
LA CONSTATACIÓN DE LOS DATOS
En 2009, el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses realizó análisis toxicológico a 923 conductores fallecidos en accidente de circulación, de los cuales, 277 presentaron una tasa superior a 0,30g/l. Este dato, confirma el aportado por la DGT, de que en al menos un tercio de los accidentes mortales, el alcohol está presente como factor concurrente o desencadenante.
La ingesta de alcohol no solo está relacionada con una mayor accidentalidad, sino que también repercute en una mayor mortalidad, al ser un factor relacionado con un peor pronóstico en las lesiones sufridas.
Aún con tasas de alcoholemia dentro de los márgenes legales permitidos, el nivel de riesgo de accidente de tráfico puede llegar a multiplicarse por 9, de ahí, que desde Tráfico se haga un llamamiento a los ciudadanos para que el conductor no beba y no se deje conducir a una persona que haya bebido.
Relación entre tasa de alcohol y riesgo de accidente
De 0,3 hasta 0,5g/l (Inicio zona de riesgo) El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 2 | De 0,5 a 0,85g/l (Zona de alarma) El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 5 | De 0,85 a 1,5g/l (Conducción peligrosa) El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 9 | De 1,6 a 2,5g/l (Conducción altamente peligrosa) |
Aumento tiempo de reacción | Peor percepción de distancia | Graves problemas de percepción | Graves problemas de percepción, de atención, de control y coordinación |
Se subestima la velocidad | Problemas de visión | Grandes problemas de atención ycoordinación | |
Problemas de coordinación | Incremento de la somnolencia |
Pero no solo los conductores tienen riesgo de sufrir un accidente si conducen habiendo ingerido alcohol, los peatones, como los usuarios más débiles de la vía también tienen que estar el pleno uso de sus facultades físicas y mentales para transitar por la vía sin correr peligro.
Menor percepción o percepción equivocada de su entorno, pérdida de visión y mayor asunción de riesgos, son algunas de las consecuencias que se derivan de la ingesta de alcohol, aumentando la posibilidad de sufrir un atropello.
Según consta en la Memoria 2009 del Instituto Nacional de Toxicología, de los 211 análisis toxicológicos que se realizaron a peatones fallecidos en accidentes de circulación, el 42% presentaron resultados positivos en sangre a alcohol y/o drogas y/o psicofármacos.
CONSOLIDACIÓN DE UN CAMBIO DE COMPORTAMIENTO
El cambio de comportamiento de los ciudadanos unido a las medidas puestas en marcha para tratar de retirar a los conductores ebrios de la carretera han hecho que se reduzca a la mitad el índice de positivos en los controles de alcoholemia, al tiempo que se han aumentado el número de controles realizados, tal y como muestra la gráfica.
Pruebas de alcoholemia realizadas anualmente por la Agrupación de Tráfico de la G.C.
La aceptación social de la cultura del alcohol en nuestra sociedad ha llevado a que desde la entrada en vigor de la reforma del Código Penal (diciembre de 2007) referente a los excesos de alcohol, 33.987 personas hayan sido detenidas por conducir con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro, lo que supone que dos de cada tres delitos contra la seguridad vial están relacionados con el alcohol.
NORMATIVA APLICABLE
- LEY DE SEGURIDAD VIAL
En el artículo 65 de la Ley se tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las permitidas y, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos.
También se tipifica como infracción muy grave incumplir la obligación, que todos los conductores tienen, de someterse a las pruebas de detección alcohólica.
Para estas infracciones muy graves la Ley prevé la sanción de multa de 500 € y la retirada de puntos correspondiente, según la tasa.
Las tasas máximas del alcohol permitidas para conducir son
CONDUCTORES | LÍMITE EN SANGRE | LÍMITE EN AIRE ESPIRADO |
(1) GENERAL | 0'5 gr./l | 0'25 mg/l |
(2) PROFESIONALES | 0'3 gr./l | 0'15 mg/l |
(3) NOVELES | 0'3 gr./l | 0'15 mg/l |
EN EL PERMISO POR PUNTOS
El sistema de Permiso por Puntos fija las siguientes pérdidas de puntos por conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida:
-Para tasas de más de 0,50 mg/l de aire espirado para conductores en general o más de 0,30 mg/l para conductores profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad, se restarán 6 puntos.
- Para tasas superiores a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l). Se restarán 4 puntos.
- También se penaliza con la pérdida de 6 puntos el incumplimiento de la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia.
Desde la implantación de la Ley que regula el Permiso por Puntos, alrededor del 10% de los infractores sancionados y del 14% de los puntos detraídos han sido por conducir con una tasa de alcohol superior a la establecida.
- CÓDIGO PENAL
El Código Penal, en su capitulo IV tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico, y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol:
DELITO | PENAS | |
ALCOHOL | Tasas superiores a: - 0.60 mlgr/l en aire. - 1,2 gr/l en sangre. | Prisión de tres a seis meses omulta de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 30a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. |
Negativa a someterse a las pruebas. | Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años |
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