El Gobierno delimita las Demarcaciones Hidrográficas del Cantábrico Occidental y del Cantábrico Oriental

14 de enero de 2011

El Consejo de Ministros ha aprobado, en su reunión de hoy, un Real Decreto que modifica la actual delimitación de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico y establece la creación de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental y la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental.

La finalidad de este Real Decreto es dar cumplimiento a las exigencias de la Directiva Marco del Agua y de la Ley de Aguas, respetando las competencias estatales y autonómicas en la materia.

La delimitación de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental se realiza sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Comunidad Autónoma del País Vasco. Asimismo, se prevé un mecanismo de coordinación entre las diferentes autoridades competentes para garantizar el principio de unidad de gestión.

También establece que se suscribirá un convenio de colaboración para la creación de un órgano colegiado de coordinación así como para el desarrollo de objetivos tales como la elaboración conjunta del Plan Hidrológico, el intercambio de información, el impulso de la adopción de medidas para la alcanzar los objetivos medioambientales y la coordinación de competencias.

En cuanto a la delimitación de la nueva Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental, se ha realizado de acuerdo con los términos del Real Decreto 1792/1986, de 30 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de obras hidráulicas. No obstante, ambas Administraciones establecerán mecanismos que posibiliten la cooperación en la gestión del agua, de acuerdo con sus respectivas competencias.

Por último, la delimitación de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental tiene su reflejo en la determinación del ámbito territorial de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, por lo que se modifica el Real Decreto 650/1987, de 8 de mayo, por el que se definen los ámbitos territoriales de los Organismos de cuenca y de los planes hidrológicos.

El Real Decreto aprobado hoy establece que la Confederación Hidrográfica del Cantábrico comprende el ámbito territorial de la zona terrestre de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental, así como la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental, en al ámbito de las competencias del Estado.

A través de la aprobación del nuevo Real Decreto, se modifican el Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas, y el Real Decreto 650/1987, de 8 de mayo, por el que se definen los ámbitos territoriales de los Organismos de cuenca y de los planes hidrológicos.

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